No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de juicio, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Magistrado. Se utiliza para ayudar a https://avvocato-favoreggiamento68135.howeweb.com/30135954/todo-acerca-de-abogado